Hay miles de niños peruanos viviendo fuera del país que no tienen DNI. Sus padres lo saben, lo postergan, y con el tiempo el trámite se complica porque no queda claro dónde hacerlo ni qué documentos se necesitan desde el extranjero. La respuesta corta: en el consulado peruano más cercano al lugar de residencia. La respuesta larga es lo que sigue.
El RENIEC tiene presencia en 202 oficinas consulares de 78 países, en alianza con el Ministerio de Relaciones Exteriores, según el portal de Servicios RENIEC en Consulados. En 82 de esos consulados opera el Sistema Integrado Operativo (SIO) y en 58 de ellos ya se realizan trámites virtuales de renovación, duplicado y rectificación de domicilio mediante la app DNI BioFacial. Para el trámite del DNI de un menor por primera vez, sin embargo, la presencia física siempre es obligatoria.
Antes del DNI: el acta de nacimiento peruana
Sin acta de nacimiento peruana no hay DNI. Este es el requisito previo que más retrasa el trámite cuando los padres no lo resuelven desde el principio.
Si el menor nació en el extranjero, los padres peruanos deben inscribir el nacimiento en el registro de nacimientos de la Oficina Consular del país donde ocurrió el parto. El propio Ministerio de Relaciones Exteriores precisó, en declaraciones de su titular Mario López Chávarri recogidas por RPP, que una vez acreditada la nacionalidad peruana del menor, se procede de inmediato a emitir la partida de nacimiento peruana. La copia certificada de esa partida es gratuita; si se necesita una copia adicional, el costo es de seis euros o su equivalente en moneda local.
Un dato importante que aclara la Cancillería: el derecho de peruano por nacimiento no lo transmite el progenitor que obtuvo la nacionalidad peruana por naturalización o por matrimonio. Solo lo transmiten los peruanos de origen. Los ciudadanos naturalizados no pueden registrar el nacimiento de sus hijos en las Oficinas Consulares.
Si el menor nació en el Perú y los padres residen en el exterior, necesitarán la partida de nacimiento peruana certificada por el RENIEC o la municipalidad donde fue registrada. Ese documento se puede gestionar por poder ante un familiar en Perú o directamente en el consulado si el consulado tiene acceso al sistema del RENIEC.
Documentos necesarios para el DNI de menor en el consulado
Los requisitos varían ligeramente según el consulado, pero la base es la misma en todos. De acuerdo con los portales oficiales de los consulados peruanos en Madrid, Caracas y Buenos Aires:
- Presencia física del menor acompañado de al menos uno de sus padres, apoderado o tutor legal.
- Copia certificada del acta de nacimiento peruana expedida por la Oficina Consular o por el RENIEC/municipalidad en el Perú. Si fue expedida por el mismo consulado donde se hace el trámite, basta con una copia simple.
- DNI vigente del padre o madre que acompaña al menor. Si el progenitor es extranjero, su documento de identidad válido en el país de residencia.
- Fotografías del menor: dos fotografías a color tamaño pasaporte (35 x 43 mm), fondo blanco, sin lentes, sin marco, expresión neutra, en papel fotográfico. Algunos consulados con captura en vivo realizan la foto en el propio local.
- Copia del DNI de ambos padres por separado, cada uno por ambas caras en una misma hoja.
- Pago del derecho administrativo en moneda local, según la tasa fijada por cada consulado. El RENIEC indica que el pago se efectúa directamente en el consulado.
Para el trámite de duplicado o rectificación de datos del DNI de un menor ya inscrito, no se requiere presentar nuevamente el acta de nacimiento salvo que se modifique algún dato de la partida, como el apellido, según el portal del consulado en Madrid.
Un documento que vale por dos: el DNI bilingüe
Todo trámite iniciado en un consulado peruano en el exterior —o cuando el domicilio acreditado es en el extranjero— genera automáticamente un DNI bilingüe en español e inglés, aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 229-2006 JEF/RENIEC. Esto facilita la identificación del titular ante autoridades bancarias, migratorias y gubernamentales en países de habla inglesa sin necesidad de trámites adicionales, según el portal oficial del RENIEC.
Tiempo de entrega: el punto que más frustra a los padres
El DNI se procesa en el Perú, no en el consulado. El documento viaja desde Lima hasta la oficina consular, lo que implica plazos considerablemente más largos que los 10 a 15 días hábiles del trámite en territorio nacional. El Consulado General del Perú en Chicago indica en su portal oficial que el tiempo estimado de entrega es de 3 a 4 meses. Los plazos varían entre consulados dependiendo de la frecuencia con que el RENIEC despacha documentos a cada sede.
Si el DNI fue tramitado hace varios meses y el consulado informa que el RENIEC aún no lo ha enviado, el RENIEC habilita una consulta del estado de trámite para peruanos en el exterior. También se puede escribir directamente al correo consultasexterior@reniec.gob.pe indicando apellidos y nombres, número de documento, fecha del trámite, número de ticket del formulario y consulado donde se realizó, según la página oficial del RENIEC para peruanos en el exterior.
Si el menor necesita viajar al Perú mientras espera el DNI
Un menor peruano que reside en el exterior y necesita viajar al Perú sin DNI puede usar el pasaporte peruano como documento de viaje. Sin embargo, al momento de salir del país donde reside, debe cumplir las regulaciones migratorias locales. Si la estadía en el Perú supera los 183 días calendario, la Superintendencia Nacional de Migraciones exigirá una autorización de viaje para la salida, según el portal del consulado en Vigo. Esa autorización puede tramitarse en el consulado peruano del lugar de residencia y tiene una vigencia de 90 días desde su emisión.
La prevención del tráfico internacional de menores recomienda encarecidamente que todo menor peruano tenga DNI, ya que ese documento permite identificar mejor al menor incluyendo su filiación, según los portales consulares oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Preguntas frecuentes
¿Puedo tramitar el DNI del menor si solo uno de los padres está presente?
Sí, basta con que acuda al menos uno de los padres. Si ninguno puede asistir, puede hacerlo un apoderado o tutor, pero debe presentar el documento que lo acredite como tal —poder notarial o resolución judicial de tutela— emitido por autoridad peruana competente, según el consulado en Madrid.
¿Tiene algún costo el trámite para menores con discapacidad?
No. El trámite es gratuito para personas que presentan discapacidad sensorial, física, intelectual o mental. El acompañante deberá presentar la documentación que acredite esta condición, según el portal del consulado en Madrid.
¿Puedo tramitar el DNI del menor si visito el Perú temporalmente?
Sí. Los peruanos que radican en el exterior y se encuentran de tránsito en el Perú pueden realizar el trámite en cualquier agencia del RENIEC en Lima. Para casos urgentes, el RENIEC cuenta con la Oficina de Atenciones Especiales en la Av. Javier Prado Este 2388, San Borja, donde se puede obtener el documento en tiempo récord y sin costo adicional, según información del propio RENIEC.
Sobre este contenido: Los datos provienen del portal de Servicios RENIEC en Consulados, los portales oficiales de los consulados peruanos en Madrid y Caracas, el portal Gob.pe del RENIEC, declaraciones del Ministerio de Relaciones Exteriores recogidas por RPP e Infobae Perú (agosto de 2025). Los plazos y costos específicos varían por consulado; verificar siempre directamente con la sede correspondiente. Última revisión: marzo de 2026.